viernes, 2 de marzo de 2018

INICIOS Y CONSOLIDACIÓN DEL RÉGIMEN LIBERAL


INICIOS Y CONSOLIDACIÓN DEL RÉGIMEN LIBERAL


Abdicación de Bayona:
Renuncias sucesivas, que ocurrieron en la ciudad francesa de Bayona en 1808, de Carlos IV y su hijo Fernando VIII al trono de España en favor de Napoleón de Bonaparte, quién poco despues cedio esos derechos a su hermano, que reino con el nombre de José I Bonaparte.


Afrancesados:
Reducido grupo de españoles que apoyó a José I Bonaparte en las tareas de gobierno. Consideraban que el reformismo autoritario francés era el único medio para lograr renovar y cambiar España. Al finalizar la Guerra de Independencia fueron perseguidos y muchos se exiliaron a Francia.


Tratado de Valençay:
Acuerdo de paz firmado en 1813 en esa ciudad francesa por el que Napoleón aceptaba la suspensión de las hostilidades, el regreso de Fernando VII al trono de España, la devolución de los territorios ocupados y el renunciamiento de José I. Tanto las tropas francesas como británicas debían abandonar España finalizando así la Guerra de Independencia.


Manifiesto de los Persas:
Documento que presentaron en 1814 diputados absolutistas a Fernando VII tras su retorno del exilio a Francia, solicitándole la supresión de los decretos promulgados por las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812, así como la restauración del Antiguo Régimen. El monarca atendió a las peticiones restableciendo el absolutismo.


Pragmática sanción de 1830:
Disposición promulgada por Fernando VII que anulaba la conocida como Ley Sálica, aprobada por Felipe V, que impedía acceder al trono a las mujeres. Esta medida supuso la exclusión del hermano del rey, el infante Carlos de Borbón, del trono de españa, y convirtió a la hija de Fernando VII, la futura Isabel II, en heredera.


Pronunciamiento:
Levantamiento de parte del ejército, contando con el apoyo de un determinado sector de la sociedad, que se "pronuncia" a favor del cambio del sistema político vigente. Fueron freucentes los que defendian el librealismo frente a absolutismo de Fernando VII y los que defendian el liberalismo progresista frente al conservador en el reinado de Isabel II.


Estatuto Real:
Nombre que recibe el Decreto de 1834 por el que la reina regete María Cristina de Borbón convoca las Cortes del reino de España. Por su contenido, se considera como una "carta otorgada" ya que la Corona renunciaba a mantener en exclusiva el poder admitiendo una ampliación de la participación política en beneficio de las clases poseedoras, pero conservaba en exclusiva la soberanía y no recogía la separación de poderes mi derecho de los ciudadanos.


Uniónn Liberal:
Partido político fundado en 1858 por el general O'Donnell que agrupaba la izquierda moderada, la derecha progresista  y numerosos militares. Partidarios de la monarquía constitucional de Isabel II gobernaron de 1858 a 1863 y de 1865 a 1866, destacando las campañas de prestigio militar que se llevaron a cabo en el exterior.


Cantonalismo:
Modelo de organización territorial que defiende la creación de un Estado compuesto por unidades políticas territoriales soberanas -los cantones- que mediante acuerdos libres ("de abajo arriba") se unen formando la federación española. En 1873, durante la Primera República, sus partidarios protagonizaron insurrecciones cantonalistas, destacando Cartagena, que fueron sofocados por el ejército.


Manifiesto de Sandhurst:
Documento elaborado por Cánovas del Castillo y firmado, en diciembre de 1874, por Alfonso de Borbón, hijo heredero de Isabel II, en la academia militar inglesa de Sandhurst, donde estudiaba. En este manifiesto indicaba la necesidad de restaurar la monarquía borbónica en España, presentándose como un rey respetuoso con el sistema liberal constitucional y defensor del orden social y la religión católica.


Sufragio censatario y universal:
El sufragio es el derecho político que permite elegir, mediante el voto, a los cargos públicos electos. El censatario limita este derecho a los ciudadanos incluidos en el censo en función de un determinado nivel económico y social, mientras que el universal solamente establece la condición para votar de la mayoría de edad. En España, el censatario fue defendido por los liberales y el universal por los demócratas. La Constitución republicana de 1931 estableció el derecho de voto a las mujeres. 

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